De Maastricht a Lisboa

, de Aida Dos Santos

De Maastricht a Lisboa

Llegamos a 1992, firma del Tratado de Maastricht. Por primera vez se habla claro de la ciudadanía europea, indicando quién y por qué ostenta dicha condición. En el articulo A.2., se determina que las decisiones se adoptarán de la forma más próxima a los ciudadanos. Del mismo modo se da un impulso a “La Carta de Derechos del Ciudadano Europeo”, confeccionando un catálogo de derechos contenidos en el artículo octavo. Tales derechos no se vinculan al ámbito competencial del Tratado, sino al hecho de ser ciudadano de la Unión.

En 1993, aparece el Criterio de Copenhague, que recoge una serie de requisitos que se deben cumplir si se quiere pasar a formar parte de la Unión. Se desarrolló sobre todo a raíz de la petición desde países excomunistas. Los estados en resumen deben cumplir una estabilidad democrática, el imperio de la ley, el respeto a los derechos humanos y a la protección de las minorías. Deben estar en condiciones de competitividad económica tanto dentro como fuera de la unión, y sobre todo la expresa voluntad para cumplir las obligaciones como miembro, sobretodo poseer una administración capaz de llevar a cabo las políticas comunes.

Es en 1997 cuando el Tratado de Ámsterdam aparece como el Tratado dispuesto a cambiarlo todo, a mejorar lo presente. Posee el mérito de aspirar a hacer de los derechos de los ciudadanos el eje de la Unión. Se entrevé una Europa cada vez más preocupada por el día a días de sus gentes, es como si se consagrara el “derecho” de los ciudadanos a que la Unión Europea actúe en los ámbitos que más les preocupan.

Trata de ser coherente con el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales, recogidos en el artículo Sexto del Tratado de la Unión Europea.

El Tratado de Niza, es otro de los que intenta modificar los demás Tratados vigentes. Se aumentó el número de escaños en el Parlamento a 732, aumentando por lo tanto la proporcionalidad del poder legislativo y representativo de la Unión. Hacemos aquí una merecida pausa, se planteó en 2011 la posibilidad de establecer 25 eurodiputados más que serán escogidos por todos los europeos, de una forma mucho más directa que la actual. Fue un proyecto de Informe del MEP Inglés Andrew Duff, sobre una propuesta de modificación del sistema de elección de los Diputados del Parlamento, que tiene como fin conseguir reforzar el sentimiento y la dimensión europea de esta institución, y por el objetivo del desiderátum, conseguir que el votante se identifique con esa dimensión europea, además de establecer una distribución algo más justa de los escaños. Esta propuesta parece ser la segunda tanda de medidas a favor de la creación de partidos europeos, tan necesaria para la legitimación de los valores comunes, como ofrecen los Liberal-Demócratas. A pesar de la entrada en vigor del tratado de Lisboa lo cierto es que sigue habiendo cuatro cargos, con una cara cada uno. La Presidencia debería recaer en una sola persona, que sería la que respondería ante las situaciones,

es lo que realmente deseaban Monnet y Schuman, y lo que deseamos todos los europeos convencidos de una Unión Europea federal”.

Finalmente llegamos al Tratado de Lisboa, un Tratado por el que se intenta modificar el Tratado de la Unión Europa y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Se debió al ya mencionado fracaso del Tratado Constitucional de 2004. Ante la negación, se intentaron esconder los aspectos más federalistas, para conseguir la aprobación del Tratado. Ya que reinó por unos instantes el miedo a perder la identidad nacional del Estado.

Se crea personalidad jurídica, y lo deseable empieza por ser la reducción de la posibilidad de estancamiento en el Consejo de la Unión Europea mediante el voto por mayoría cualificada; el Parlamento Europeo gana peso gracias a la extensión del procedimiento de decisión conjunta con el Consejo de la Unión Europea.

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea adquiere vinculación jurídica. Este tratado es amado y odiado, quien lo rechaza, lo define como un Tratado que ayuda a la desregularización del mercado y no favorece la intervención del Estado para lograr los objetivos sociales. Por otro lado, los defensores del Tratado lo consideran una herramienta para hacer de la Unión Europea un lugar más eficaz y democrático, y sobre todo como un paso más en el proceso de integración.

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